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Codigo Penal Brasileño - Receta de Impunidad



La integridad física, el derecho a la vida, a la propiedad, a la salud, entre otros, fueron asegurados expresamente por la Constitución Federal Brasileña de 1988, denominada de constitución ciudadana, que restableció de forma efectiva el Estado de Derecho.


Pero, por muchos motivos el Estado de Derecho ha sido interpretado de forma errónea por algunos que recogen a la impunidad y a la práctica de actos ilícitos, creyendo que como mucho serán condenados a una prestación de servicio, o aún se posible al pago de algunos alimientos, aqui llamados de cesta básica, o aún beneficiados con el indulto de Navidad.


En nombre de la libertad sin límites, muchas barbaridades han sido practicadas, y las personas que saben bien el significado de esta realidad son aquellas que perdieron sus familiares muertos por infractores, los cuales, por que son reos primarios y que poseen buenos antecedentes se encuentran respondiendo al proceso en libertad.


Actualmente, en Brasil, la regla es la libertad y la prisión es la excepción, lo que permite, por ejemplo, que un conductor alcoolizado y que haya atropellado y matado a una persona pueda responder a un proceso en libertad, donde, posiblemente, por ser el acto considerado culposo, sería beneficiado con alguna medida despenalizadora.


A pesar de esto, en la búsqueda de encontrarse un culpable para el aumento de la violencia, es común que surjan tesis según las cuales todo lo que viene ocurriendo es consecuencia del ultrapasado Código Penal Brasileño de 1940, que está viejo y no es capaz de atender a la nueva realidad de la sociedad moderna existente en el país.


No se sabe por cual motivo, pero muchos se olvidan de decir que la parte especial del Código Penal prevé las penas a que sean aplicadas a los infractores y que estas penas en regla pueden ser consideradas adecuadas para los ilícitos, que continúan queriendo o no, siendo los mismos que eran practicados en los idos de 1940 y siguientes.


En realidad, el problema de la impunidad y de la creciente violencia no está en la parte especial del Código Penal pero en la parte general que fué totalmente modificada en el año de 1984, con el surgimiento de varios beneficios que pasaron a permtir que el infractor pudiera cumplir la pena que le fue impuesta en regla en libertad.


En Brasil de hoy, para que una persona sea recogida a la prisión, solamente si esta hubiera cometido algún crimen que venga a ser considerado muy grave, pues de lo contrario permanecerá en libertad, en el inicio, en el medio y en el fin del proceso, incluso cuando del cumplimiento de la pena, cuando en tesis estará condenado a cumplir una pena de prisión.


Según la nueva parte general del Código Penal la persona condenada a hasta cuatro años de reclusión cumplirá la pena en régimen abierto, lo que significa “casa del albergado”. Acontece que en la maoria de los municipios no existe casa del albergado”, y por lo tanto la pena será cumplida en casa.


Además de eso, la persona solamente recibirá el régimen abierto de cumplimiento de pena caso no sea posible ser beneficiado, por exemlo, con La Suspensión Condicional de la Pena, lo que significa quedarse en casa, o aún por una otra pena alternativa, lo que significa más una vez permanecer en libertad, sin cualquier tipo de preocupación con la víctima.


En la relación procesal, la víctima es el personaje más olvidado que existe y en la mayoría de las veces la culpa es de la víctima. Fue la víctima que no desvió del tapa en dirección a su rostro, fue la víctima que no saltó en el momento del disparo, fue la víctima que no esperó el conductor alcoolizado pasar en el momento en que este subió en el calçamento y por ahí sigue. 


Finalmente, víctimas son los otros y no el infractor que siempre tiene una disculpa para presentar.


Según la jurisprudencia nacional, en Brasil la regla es que la persona no sea prendida, a no ser que venga a cometer algún crimen considerado grave, lo que acaba contribuyendo para la violencia.


Además de todos los beneficios que fueron anteriormente mencionados, aún existe la ley federal brasineña 900/95, que a principio se quedó conocida como siendo la ley de las “cestas básicas”. En el sentido popular por un largo tiempo la ley de los juzgados significaba que bastaba el individuo practicar el crimen y posteriormente pagar una cesta básica que la cuestión estaría resuelta.


Se percibe que si no hubiera un cambio efectivo en el actual sistema, la violencia continuará aumentando y Brasil, conforme datos estatisticos, continuará registrando en media 30.000 mil muertes violentas por año.


Por lo tanto, es preciso una reflexión acerca de la cuestión en búsqueda de nuevas paradigmas que puedan permitir de forma efectiva la paz social, y asegurar a todos aquellos que residen en el territorio nacional, la integridad física, la vida, la libertad, entre otros derechos fundamentales.




by: carlaabreu | Visitas Totales: 252 | Palabras: 963 | Fecha: Thu, 27 Jan 2011 Hora: 10:04 AM | 0 comentarios

Sobre el Autor

Dra Carla Abreu es maestra redactora de monografia como fuente de investigación y basis para que los alumnos escriban sus propias Vmonografias de derecho penal y temas de monografias de otras ramas del Derecho

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