Dos milliones de personas en el mundo tentan vivir con 2 dólares al día. Muchos países no tienen medios eficaces para cambiar las condiciones debilitantes que demasiados empleadores mantienen sus trabajadores. Delante de la impotencia de las naciones es imprescindible que un órgano internacional pueda hacer intervenciones normativas activas y acompañar el procedimiento del cumplimiento de los deberes acordados por los Estados en ejecutar. La Organización Internacional del Trabajo fue creada en 1916, después de la 1ª guerra, basada que la paz duradera sólo se puede dar con la valorización de los trabajadores. Ella fue convertida en la primera agencia de la ONU en 1946. Es la única agencia de las Naciones Unidas que tiene carácter tripartito, pues es formada por trabajadores, empleadores y gubernantes. Su función es la elaboración y supervisión de las normas de trabajo para garantizar que sean respetadas en sus 178 países miembros.
Los problemas contrapuestos por la Organización son los más diversos: la explotación y los abusos que sufren numerosos hombres y mujeres migrantes, el tráfico de mano de obra y las cuestiones relativas al examen de la situación de los trabajadores y trabajadoras en situación irregular, los trabajadores migrantes temporeros o la fuga de cerebros.
La Organización Internacional del Trabajo es el órgano con mayor respaldo internacional en la protección de los derechos humanos de los trabajadores. Con la tripartita Conferencia Internacional del Trabajo, el órgano superior de la OIT se han establecido normas internacionales, que incluyen 181 convenios y 188 recomendaciones, también relativas al trabajo forzoso (1930), a la libertad sindical y protección del derecho de sindicación (1948), la igualdad de remuneración (1951), la discriminación (1958), y sobre la edad mínima para el labor (1973).
Con el ascenso en la migración con fines laborales la Asamblea aprobó, en 1990, la "Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y sus familiares". Con esto los 22 países desde el 1° de julio de 2003 que la han ratificado equiparon los trabajadores migratorios a los nacionales objetivando, entre otras cosas, prohibir la venta de las personas y la abolición del trabajo forzoso. Esto se coaliga con la misión de ofrecer trabajo con dignidad para el pueblo con las garantías de los derechos fundamentales. Pues, el trabajo decente, independiente de la nacionalidad del obrero, es sustancial para las personas y su país.
Cualquiera que sea la patria que se sujete a alguna convención de OIT o mismo tiene principios humanitarios adopta el lema de que “la paz laboral es esencial para la prosperidad” y sólo puede ser trabajada con condiciones laborales y económicas de trabajo decentes para quien trabaja y emplea.
La OIT tiene una multiplicidad de convenios que mismo ratificados por decenas de países no logran impacto tan incisivo como lo esperado. Ochenta y seis milliones de migrantes en el mundo dependen que los acuerdos llamados 97 y 146, por ejemplo, relativos a los migrantes, en ejercicio. Explicamos cierta ansiedad porque los acuerdos tienen gran lentitud para su cumplimiento interno y los grupos de fiscalización de OIT tienen ahora una obligación mucho mayor para mirar los procedimientos que debrían ser tomados por los gobiernos de los países. La cautela para la ejecución de los convenios, de manera que logren éxito, y la lucha para emplear en la práctica las normas que podrán cambiar la vida de tantos obreros es para que la multitud de acuerdos no sean una manera de burlar a los ciudadanos de manera que piensen que por haber una ley internacional ya nada más pueda ser hecho. Cada Convenio no es más un número en la lista de los que ya fueron poseados en curso en la nación, sino, una oportunidad de hacer que el pueblo ufructue de bienestar social como es la obligación precípua de un estado de derecho que hace vivas las letras de las leyes.
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
-http://www.ilo.org/global/About_the_ILO/lang--es/index.htm
-Un enfoque equitativo para los trabajadores migrantes, El trabajo decente, un derecho también para los 86 millones de migrantes http://www.ilo.org/public/spanish/dialogue/actrav/new/newsletter/jul04.htm#Migrants -
-María Luisa Suárez y Víctor Díaz-Cardiel, Los derechos humanos y el mundo del trabajo. http://www.revistapueblos.org/spip.php?article1313
-El trabajo forzado en Brasil y los derechos de los trabajadores a nivel global. http://www.revistapueblos.org/spip.php?article1242
-Convención internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares. Adoptada por la Asamblea General en su resolución 45/158, de 18 de diciembre de 1990
-Organización Internacional del Trabajo. De Wikipedia, la enciclopedia libre
-Boletín del Trabajo 4 Día del Trabajo Tiempos de piratas y esclavos . Virgilio Levaggi.Http://web.oit.or.cr/index.php?option=com_content&task=blogsection&id=36&Itemid=319